Cines, museos, albercas y transporte turístico reabren sus puertas - Cámara de Comercio de la Ciudad de México
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Agosto 07, 2020
Gaceta Oficial de la Ciudad de México
CINES, MUSEOS, ALBERCAS Y TRANPORTE TURISTICO REABRE SUS PUERTAS CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el AVISO siguiente:
El Comité de Monitoreo de la Ciudad de México, con base en los indicadores de las autoridades sanitarias de los ámbitos federal y local, así como los datos epidemiológicos con los que cuenta, principalmente por la ocupación hospitalaria de casos sospechosos o confirmados de COVID-19 en la Ciudad de México, determinó que, en el período comprendido del 10 al 16 de agosto del presente año, el color del Semáforo Epidemiológico de la Ciudad de México permanece en NARANJA. Asimismo, determinó la reanudación de las siguientes actividades:
FECHA |
ACTIVIDAD Y/O SECTOR |
AFORO |
MEDIDAS SANITARIAS GENERALES |
10 DE AGOSTO DE 2020 |
ALBERCAS TECHADAS Y ABIERTAS |
Aforo conforme al tamaño de la piscina, que permita garantizar la sana distancia (una persona por carril) |
1.- No compartir equipo como tablas, gorras, pinzas de nariz, goggles, flotadores o toallas 2.-Únicamente los servicios de alberca y regaderas estarán abiertos. El resto de las instalaciones y servicios permanecerán cerradas 3.- Señalización de flujos al exterior e interior de la alberca 4.- Se deberá desinfectar constantemente el área de regaderas, así como las demás áreas de uso común dentro de las instalaciones 5.- El usuario deberá ducharse antes y después de ingresar a la alberca. Asimismo, deberán observar los Lineamientos de Medidas de Protección a la Salud que deberá cumplir el Sector de Clubes Deportivos y Actividades Deportivas al Aire Libre para reanudar actividades hacia un regreso seguro a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, disponibles para su consulta en el siguiente enlace electrónico: http://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias |
11DE AGOSTO DE 2020 |
MUSEOS |
30% |
1.- Uso obligatorio de cubrebocas al interior del museo 2.- Uso de ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con recirculación de un mínimo de 30% hacia el exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. El sistema y los filtros deberán desinfectarse y limpiarse constantemente 3.- Evitar recibir grupos grandes y respetar la sana distancia, en filas al exterior y al interior del museo 4.- Colocación en la entrada y en espacios de usos común de dispensadores de gel antibacterial con 70% del alcohol 5.- Prohibida la entrega de programas impresos y volantes 6.- Establecer un solo sentido para la entrada y uno para la salida y colocar letreros para señalar el recorrido y aforo por sala 7.- Fomentar el pago por medios electrónicos (i.e. CoDi) Asimismo, deberán observar los Lineamientos de Medidas de Protección a la Salud que deberán cumplir los museos para reanudar actividades hacia un regreso seguro a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, disponibles para su consulta en el siguiente enlace electrónico: http://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias |
11 DE AGOSTO DE 2020 |
TRANSPORTE DE USO TURÍSTICO EN LA CDMX |
40% |
Horario de 9:00 a las 19:00 horas Asimismo, deberán observar los Lineamientos de medidas de protección a la salud que deberá cumplir los transportes de uso turístico para reanudar actividades hacia un regreso seguro a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, disponibles para su consulta en el siguiente enlace electrónico: http://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias |
12 DE AGOSTO DE 2020 |
CINES |
30% en salas y áreas de dulcería, comida y bebidas |
1.- Uso obligatorio de cubrebocas durante toda la permanencia en las instalaciones 2.- El horario de inicio de la última función será a las 20:00 horas 3.- El sistema de ventilación sólo podrá operar con recirculación de un mínimo de 40% hacia el exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. El sistema y los filtros deberán desinfectarse y limpiarse constantemente 4.- Evitar recibir grupos grandes, se deberá respetar la sana distancia 5.- Colocar en la entrada y espacios de usos común dispensadores de gel antibacterial con 70% del alcohol 6.- Habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida, señalamientos para el recorrido y letreros para indicar cajas y/o filas respetando la sana distancia 7.- Señalización de asientos que no pueden ocuparse 8.- Fomentar la compra de boletos por internet Asimismo, deberán observar los Lineamientos de medidas de protección a la salud que deberá cumplir la Industria de Cines para reanudar actividades hacia un regreso seguro a la Nueva Normalidad en la Ciudad de México, disponibles para su consulta en el siguiente enlace electrónico: http://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias. |
En el caso de los establecimientos mercantiles cuyo giro sea salón de fiesta o principalmente la venta y/o distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto y/o al copeo, para su consumo en el interior (bares, cantinas o antros), como una medida extraordinaria se implementa el “Programa Temporal Reapertura de Bares a Restaurantes (REABRE)”, mediante el cual se les permitirá reanudar actividades en color NARANJA del Semáforo Epidemiológico, bajo las condiciones y obligaciones de un establecimiento mercantil con giro principal de venta de alimentos preparados y de manera complementaria la venta de bebidas alcohólicas o únicamente de venta de alimentos preparados. Para tal efecto, deberán dar aviso a través de la plataforma de “Medidas Sanitarias”, disponible en el enlace electrónico http://covid19.cdmx.gob.mx/medidassanitarias a partir del 10 de agosto de 2020, en la cual deberán cargar la información requerida, así como los siguientes datos:
Los establecimientos mercantiles que no cumplan con las medidas establecidas en el presente Aviso serán acreedores a las sanciones y medidas de seguridad que procedan en los términos de los ordenamientos legales aplicables. En caso de que la ciudadanía se percate de que alguno de los establecimientos mercantiles incumpla los horarios y/o medidas determinadas, podrán reportar al Servicio Público de Localización Telefónica 55 56 58 11 11 (LOCATEL).
El Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (INVEA) realizará actividades de supervisión y vigilancia, a efecto de comprobar que se encuentren cumpliendo con las medidas generales y específicas de protección a la salud establecidas; en caso de que se constate algún incumplimiento, la autoridad verificadora podrá́, en cualquier momento, ordenar la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales, a fin de eliminar cualquier riesgo a la salud de las personas, lo anterior sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, correspondan.
Para los comercios al mayoreo y menudeo se amplía el horario de atención al público de 10:00 a 17:00 horas.
TRANSPARENCIA Y ENLACE LEGISLATIVO