DÍAS INHÁBILES EN LA CONDUSEF 2022 - Cámara de Comercio de la Ciudad de México
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Diciembre 21, 2021
Diario Oficial de la Federación
El Presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Oscar Rosado Jiménez, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el ACUERDO siguientes:
SE DA A CONOCER LOS DÍAS DEL AÑO 2022, EN LOS CUALES LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS CERRARÁ SUS PUERTAS Y SUSPENDERÁ OPERACIONES, MISMOS QUE SERÁN CONSIDERADOS COMO INHÁBILES PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUBSTANCIADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL
Para efectos de los actos y procedimientos administrativos que en ejercicio de sus atribuciones realizan las distintas unidades administrativas de la CONDUSEF, se considerarán como inhábiles, en razón de que la CONDUSEF cerrará sus puertas y suspenderá operaciones, además de los días sábados y domingos, los siguientes días del año 2022:
I. El 3 de enero;
II. El 7 de febrero, en conmemoración del 5 de febrero;
III. El 21 de marzo;
IV. El 14 y 15 de abril;
V. El 5 de mayo;
VI. El 16 de septiembre;
VII. El 2 de noviembre;
VIII. El 21 de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre;
IX. El 12 de diciembre; y
X. Los comprendidos entre el 19 y el 30 de diciembre.
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la CONDUSEF y de sus unidades administrativas para habilitar los días y horas que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones en términos del último párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, así como para asignar las guardias de personal que cada una de las unidades administrativas de la CONDUSEF ameriten.
Durante los días antes citados, así como el día 1o. de septiembre no se computarán los plazos y términos correspondientes en los procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones, realizan las distintas unidades administrativas de la CONDUSEF.
En la recepción, procesamiento y trámite de las solicitudes de acceso a la información pública que formulen los particulares a la CONDUSEF, así como de las solicitudes en materia de acceso a datos personales y de los recursos de revisión en estas materias, adicionalmente a los días señalados en el presente acuerdo, se consideran inhábiles los días que anualmente determine el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales en su calendario oficial de días inhábiles, a través de la publicación correspondiente en el Diario Oficial de la Federación.
La CONDUSEF podrá ordenar el cierre de sus puertas y la suspensión de sus operaciones en días distintos a los antes señalados, cuando así lo considere necesario, por tratarse de casos extraordinarios, así como por causas de fuerza mayor o caso fortuito.
El Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Transparencia y enlace legislativo