DÍAS INHÁBILES Y SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS EN MAGDALENA CONTRERAS - Cámara de Comercio de la Ciudad de México
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Diciembre 16, 2021
Gaceta Oficial de la Ciudad de México
El Alcalde en Magdalena Contreras, Luis Gerardo Quijano Morales, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:
SE DECLARAN COMO DÍAS INHÁBILES LOS SEÑALADOS, Y EN CONSECUENCIA SE SUSPENDEN PLAZOS Y TÉRMINOS DE LOS TRÁMITES Y SERVICIOS ATENDIDOS POR LA VENTANILLA ÚNICA DE TRÁMITES (VUT), EL CENTRO DE SERVICIOS Y ATENCIÓN CIUDADANA (CESAC), LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA Y LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE SUBSTANCIAN EN FORMA DE JUICIO ANTE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS; EN TÉRMINOS DE LO QUE ESTABLECEN LOS DIVERSOS ORDENAMIENTOS LEGALES
Se suspenden plazos y términos los días 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30, 31 de diciembre del año 2021 y los días 3, 4, 5, 6 y 7 de enero del año 2022, para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollan ante la Alcaldía La Magdalena Contreras de la Ciudad de México, como son la recepción de documentos e informes; la realización de trámites, actuaciones o diligencias; la emisión de resoluciones o acuerdos; el inicio, substanciación, desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como para cualquier acto administrativo emitido por los servidores públicos adscritos al referido órgano político-administrativo que afecten la esfera jurídica de los particulares.
La suspensión de términos antes señalada, aplicara para las unidades administrativas de la Ventanilla Única de Tramites (VUT), el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), La Unidad de Transparencia y los diversos procedimientos administrativos que se substancian en forma de juicio ante la Alcaldía La Magdalena Contreras, en términos de lo que establecen los diversos ordenamientos legales.
Como consecuencia y para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el primer párrafo del presente ordinal, en su caso, surtirán efectos hasta el primer día hábil siguiente.
Se excluye de lo dispuesto en el punto primero las materias señaladas en el artículo 1º, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, en cuyo caso se estará́ a lo dispuesto por la Ley de la materia específica de que se trate
El Acuerdo entra en vigor el día de su publicación.
TRANSPARENCIA Y ENLACE LEGISLATIVO