
La CNBV da a conocer disposiciones para las Instituciones de Tecnología Financiera:
Septiembre 10, 2018
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, tiene a bien publicar y dar a conocer las DISPOSICIONES de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera.
Estas disposiciones tienen por objeto establecer el marco normativo aplicable a la organización de las ITF y la operación de las instituciones de financiamiento colectivo.
Establecen que las solicitudes de autorización para organizarse y operar como ITF, deberán acompañarse, además de la información y documentación señalada en el artículo 39 de la Ley, de lo siguiente:
- Tratándose de los cargos de posible administrador único o miembros del consejo de administración y director general, deberán presentar la información señalada en los Anexos 1 y 2 de las presentes disposiciones, acompañando la documentación que se indica en ellos.
- Plan de negocios;
- Estudio de viabilidad financiera de los primeros tres años de operación de la ITF;
- La denominación propuesta para la ITF, así como el nombre comercial o marca que utilizará al ofrecer sus servicios al público; entre otros.
Las presentes disposiciones entrarán en vigor a los quince días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Si desea mayor información, favor de ponerse en contacto con nosotros.
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