
A partir del 15 de abril, el Instituto pone en marcha las siguientes medidas, con el objetivo de ayudar a aliviar la carga financiera de aquellos trabajadores cuyas empresas entren en paro técnico, sufran una reducción en su sueldo o pierdan su empleo. Así mismo, busca robustecer la actividad económica, el empleo y el acceso al crédito por parte de los trabajadores a través de apoyos a los empleadores cumplidos, poniendo especial atención en las PyMEs.
Estas medidas estarán vigentes durante el primer semestre de 2020, con opción a renovarse por 6 meses más.
APOYOS PARA ACREDITADOS PRIMER SEMESTRE 2020
- Fondo Universal de pérdida de empleo: Protegerá el pago del crédito hasta por 3 meses con un copago de 0%
- Aplica para acreditados (3 o menos pagos omisos)
- Se solicita en Mi Cuenta Infonavit (internet) Infonatel o en CESI
- Previamente se debe actualizar datos del contacto y llenar la solicitud
- Se combina un fondo de reservas y el fondo de protección de pagos existentes
- Tolerancia al pago (diferir pagos de capital e interés): Durante 3 meses del crédito y no devenga interés y mantiene saldo congelado
- Entra en operación general si las autoridades federales dictaminan medidas de paro laboral obligatorio
- En operación individual si un acreditado es afectado por la contingencia
- Si los acreditados pagan sus créditos, dichos pagos amortizan a capital
- Existe la opción de ampliar el plazo hasta por 3 meses adicionales
APOYOS PARA TRABAJADORES DE EMPRESAS EN PARO TÉCNICO PRIMER SEMESTRE 2020
- Beneficios por paro técnico: Descuento a la amortización por tiempo determinado
- Se dará un beneficio de hasta el 25% de descuento sobre el factor de pago
- Aplica para acreditados que trabajen en empresas que hayan entrado en paro técnico
- Se requiere la presentación ante el Instituto de la solicitud de de paro técnico de las empresas
- Beneficiara a los trabajadores de la industria manufacturera y de servicios entre otros.
- Este apoyo puede ser solicitado por cualquier empresa, sin importar el sector económico en el que se desempeñe, siempre y cuando declare una reducción de sus jornadas de trabajo motivando una reducción temporal en los ingresos de sus trabajadores.
- Es indispensable que exista solicitud de autorización de convenio de modificación temporal de condiciones de trabajo ante la autoridad laboral.
APOYOS PARA PROTECCIÓN DEL EMPLEO FORMAL DIRIGIDOS A PYMES
- Pago de aportaciones: Facilidades para el pago de aportaciones y amortizaciones
- Únicamente aplicará en caso de suspensión de labores por parte de PyMEs por disposición oficial
- Incentivo de cumplimiento de pago en tiempo: Facilidades para mantenerse al corriente en el pago de aportaciones.
- Aplica para todos los centros de trabajo pequeños y medianos que lo soliciten conforme a los lineamientos del Instituto.
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