SUSPENSIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TLÁHUAC - Cámara de Comercio de la Ciudad de México
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Julio 26, 2022
Gaceta Oficial de la Ciudad de México
La Alcaldesa de Tláhuac, Lcda. Araceli Berenice Hernández Calderón, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general los ACUERDO siguientes:
SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDE EL PUEBLO DE SAN JUAN IXTAYOPAN EN LA ALCALDIA TLÁHUAC LOS DIAS 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 DE AGOSTO 2022, CON MOTIVO DE LA EXPOSICIÓN CULINARIA DEL ELOTE Y LA TORTILLA DURANTE LOS DÍAS INDICADOS.
Se ordena la suspensión de actividades dentro del perímetro que comprende el Pueblo de San Juan Ixtayopan los días 06, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 13, 14 y 15 de agosto 2022, de esta demarcación territorial en Tláhuac, para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días indicados del año 2022, en los establecimientos mercantiles que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de la Exposición Culinaria del Elote y la Tortilla, en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación incluyendo el servicio a domicilio o para llevar, en el que se comercialice u obsequien bebidas alcohólicas, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar, o aquellos que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
Queda prohibido dentro del perímetro que comprende el Pueblo de San Juan Ixtayopan la demarcación territorial en Tláhuac en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
Se eximen de la aplicación del presente Acuerdo, a los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su Permiso.
Las violaciones al acuerdo, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
El acuerdo entrara en vigor el día de su publicación.
TRANSPARENCIA Y ENLACE LEGISLATIVO