SUSPENSIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, TLÁHUAC - Cámara de Comercio de la Ciudad de México
- Home
- /
- Jurídico
- /
- Gaceta Oficial de la Ciudad de México
- /
- SUSPENSIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, TLÁHUAC
Marzo 18, 2022
Gaceta Oficial de la Ciudad de México
La Alcaldesa en Tláhuac, Licenciada Araceli Berenice Hernández Calderón, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:
SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO QUE COMPRENDEN LOS PUEBLOS Y SUS COLONIAS DE ESTA DEMARCACIÓN POLÍTICA EN TLÁHUAC QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN: SAN PEDRO TLÁHUAC LOS DÍAS 10 Y 24 DE ABRIL; EN SAN FRANCISCO TLALTENCO LOS DÍAS 24 Y 25 DE ABRIL, 29 Y 30 DE MAYO Y EN SANTA CATARINA YECAHUIZOTL LOS DÍAS 16 Y 17 DE ABRIL TODOS DEL AÑO 2022, CON MOTIVO DE LA CELEBRACIÓN DE LOS CARNAVALES 2022.
Se ordena la suspensión de actividades dentro del perímetro que comprenden los pueblos y sus Colonias de esta demarcación política en Tláhuac que a continuación se indican: San Pedro Tláhuac los días 10 y 24 de abril; en San Francisco Tlaltenco los días 24 y 25 de abril, 29 y 30 de mayo y en Santa Catarina Yecahuizotl los días 16 y 17 de abril todos del año 2022, con motivo de la Celebración de los Carnavales 2022, para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días indicados del año 2022, en los establecimientos mercantiles que se expendan bebidas alcohólicas o que se instalen temporalmente con motivo de la Celebración de los Carnavales 2022 en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar, así como en restaurantes y establecimientos de hospedaje; cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile, salas de cine con venta de bebidas alcohólicas, fondas y cualquier otro similar, o que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.
Las violaciones al presente Acuerdo, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.
El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y surtirá efectos los días establecidos en el presente acuerdo.
TRANSPARENCIA Y ENLACE LEGISLATIVO