Ciudad de México a 14 de julio de 2020
CONGRESO DE LA CIUDAD
Participan en el “Foro Legislativo Vivienda y arrendamiento en tiempos de COVID-19”, organizado por la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Carlos Escoffié, coordinador del centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, e integrante del grupo redactor de la propuesta, quien indico que el objetivo de esta propuesta es garantizar el derecho humano a la vivienda, Lucino Rangel, abogado del Movimiento Urbano Popular y del grupo redactor del proyecto de reforma, aseguró que la iniciativa busca dar certeza jurídica al derecho a la vivienda ante la emergencia sanitaria.
Promotores del proyecto de reforma destacan que ésta no contraviene las disposiciones constitucionales y jurídicas establecidas en materia de vivienda y propiedad privada.
Indican que la propuesta busca garantizar el derecho humano a la vivienda y evitar los desalojos arbitrarios por falta de contratos de arrendamiento.
Los Notarios ofrecen un trabajo colaborativo, Ponciano López Juárez, presidente del Colegio de Notarios de la Ciudad de México, aseguró que el tema de vivienda y arrendamiento es complejo que requiere ser solucionado mediante la participación de distintos actores sociales, políticos y de gobierno.
Homero Díaz Rodríguez, Notario Público número 54, destacó la importancia de que no se confunda el derecho a la vivienda digna con el tema de arrendamientos, ya que éste es un contrato entre particulares. “El arrendamiento debe analizarse desde las dos partes involucradas, así como las condiciones socioeconómicas de esta relación contractual. El arrendamiento de vivienda no significa el cumplimiento del derecho humano a la vivienda”.
También, Miguel Ángel Beltrán Lara, presidente del Colegio de Profesores de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de la UNAM, aseguró que “no está en duda que el derecho a la vivienda es un derecho universal y que debe garantizarse, sin embargo, no debemos confundir la relación entre particulares con derechos sociales”.
Flavio Galván Rivera, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, destacó la importancia de que se clarifique el problema que se pretende resolver, “si es el problema generado por la pandemia entonces serían medidas a corto plazo, pero si es la situación permanente de arrendamiento, esto conlleva un mayor análisis”.
Enfatizó: “Es indispensable que se tenga claridad en que contraponer el derecho a la vivienda, con el derecho a la propiedad privada no se puede hacer, son derechos humanos independientes, y ambos ya reconocidos y protegidos en la Constitución y en las declaraciones universales de derechos humanos”.
Al exponer las conclusiones del Foro Legislativo Vivienda y Arrendamiento en Tiempos del COVID-19, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso capitalino, diputado Eduardo Santillán Pérez, señaló que las y los participantes coincidieron en reconocer que actualmente “estamos ante un fenómeno social que no teníamos propuesto y que además era imposible prever: La existencia de una pandemia que tuviera un efecto tan fuerte e importante en todos los ámbitos de la vida pública y en la disminución de los ingresos”.
En su participación en el foro virtual Santillán dijo que es necesario que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial encuentren una solución que permita que las personas en situación de abandono no sean desalojadas, sin fomentar una política de morosidad o no pago, además de que se quiere garantizar y salvaguardar la protección de la propiedad privada, agregó.
María José Fernández, presidenta de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios, señaló que los organismos empresariales que representa no se oponen a la revisión de las normas que regulan el arrendamiento. Pero consideró que la iniciativa de reformas al Código Civil “no es precisamente una medida para enfrentar la contingencia que se vive, porque no puede aplicarse de manera retroactiva a los contratos de arrendamiento que fueron suscritos al amparo de las normas vigentes”.
Por ello indicó que es necesario implementar soluciones de emergencia, y revisar los artículos 1796, 1796 Bis, y 1796 Ter, todos del Código Civil local, para fortalecer la figura de la mediación en materia de arrendamiento inmobiliario, y crear un organismo público de garantías inquilinarias.
Salvador Sacal Cababie, presidente de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios de la Ciudad de México, aseguró que las medidas propuestas son “en favor de los arrendatarios (inquilinos) y en contra de los arrendadores”. Agregó que la actual crisis económica que se vive en la capital, a raíz de la pandemia y que no es privativa del país, “ha ocasionado atrasos en alquileres e hipotecas, pero en ningún momento han representado amenaza alguna de desalojo, por lo que las medidas inmediatas que se pretenden tomar para garantizar el derecho a la vivienda son excesivas e ilegales, porque los tres conceptos en los que se basa la propuesta tienen carácter de garantías irrenunciables, pero tienen un límite en cuanto a su interpretación y aplicación”.