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declaración anual

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los asalariados que percibieron ingresos de un solo patrón en el 2016 estarán exentos de presentar su declaración anual, e incluso si desean hacerlo por tener un saldo a favor tendrán todo el año para realizar el trámite.

 

Se informó también que los asalariados que tienen saldo a favor menor a los 10,000 pesos podrán presentar su declaración por teléfono. La e.firma sólo será necesaria en caso de que el saldo a favor sea mayor a 50,000 pesos.

El Servicio de Administración Tributaria indicó que las devoluciones se deberán realizar en cinco días hábiles.

Durante la presentación de las nuevas facilidades, Osvaldo Santín Quiroz, jefe del SAT, agregó que este año se ofrecerá a los asalariados una propuesta de declaración que ya contiene su información pre llenada por lo que solo tienen que revisarla y si están de acuerdo, enviarla.

“Otras de las facilidades que presenta el SAT, es que los contribuyentes pueden enviar su declaración con contraseña; que se puede obtener o recuperar por internet, teléfono o SAT Móvil (a partir de la primera semana de abril); si se tiene saldo a cargo, se puede pagar hasta en 6 parcialidades; las líneas de captura se generan automáticamente; y desde DeclaraSAT se puede activar el Buzón Tributario para darle seguimiento al trámite de devolución”, se explicó en un comunicado.

La fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su Declaración Anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo al Artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.

Fuente: Economía Hoy

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