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La Comisión Nacional Bancaria y de Valores establece una nueva medida de seguridad

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  • La Comisión Nacional Bancaria y de Valores establece una nueva medida de seguridad
  • By Guillermo Barreiro
  • In Avisos

¡AVISO IMPORTANTE!

A todos los socios y al público en general:

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) establece una nueva medida de seguridad denominada MTU (Monto Transaccional del Usuario) para fortalecer el control de las transferencias digitales en México.

¿Qué es el MTU?

Es un límite que cada cliente podrá establecer en su aplicación bancaria (app) o banca en línea, para fijar el máximo por cada transferencia digital que haga a terceros. Aplica a transferencias electrónicas, pagos SPEI, CoDi y Dimo, y no afecta operaciones en ventanilla ni pagos con tarjeta física.

 ¿Cuándo entra en vigor?

Inicio de vigencia: Desde el 1 de octubre de 2025, los bancos deben habilitar la opción en sus apps.

A partir del 1 de enero de 2026, todos los clientes deberán tener configurado su MTU. Si no lo hacen, el banco lo establecerá automáticamente.

¿Qué pasa si no lo configuro?

El banco asignará un límite automático de 1,500 UDIS, equivalente a unos $12,800 MXN por transacción. Este límite no es acumulable: si necesitas transferir más, tendrás que modificarlo manualmente.

No configurar el MTU puede: Limitar operaciones importantes como pagos de nómina, proveedores o inversiones; generar retrasos si el cliente no está familiarizado con el proceso de ajuste y reducir flexibilidad en momentos críticos, especialmente para PYMES o usuarios con alta actividad financiera.

Fechas Clave:

Fecha                                              Acción requerida

1° octubre 2025          Los bancos deben habilitar la opción MTU en apps

1° enero 2026               Todos los clientes deben tener su MTU configurado

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