Febrero 28, 2023
Gaceta Oficial de la Ciudad de México
La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el DECRETO siguientes:
SE EXPIDE LA LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO
La Ley tiene por objeto general definir los principios de la política en materia de economía circular, así como los instrumentos para incentivar y llevar a cabo su aplicación en la Ciudad de México.
Las Dependencias y Entidades del Gobierno de la Ciudad de México, así como las Alcaldías, ejercerán acciones en materia de economía circular, de conformidad con la distribución de sus facultades prevista en esta Ley y en otros ordenamientos aplicables.
El Gobierno de la Ciudad de México formulará y ejecutará la política pública para el desarrollo de la economía circular.
Son instrumentos de política pública para la transición hacía la economía circular en la Ciudad los siguientes:
- Evaluación de Circularidad;
- Distintivo de Circularidad, y
- Programa de Economía Circular de la Ciudad de México.
La Evaluación de Circularidad es el procedimiento a través del cual las empresas interesadas, de manera voluntaria pueden someter los procesos, productos y servicios que desarrollan, distribuyen o comercializan en el territorio de la Ciudad de México, a evaluación, para conocer el grado de cumplimiento con relación a los Criterios de Circularidad.
Las empresas interesadas que se hayan sometido a la Evaluación de Circularidad y cuenten con los niveles de cumplimiento que para tal efecto se establezcan, podrán hacer uso del distintivo de circularidad, colocándolo de manera visible en los procesos, productos y servicios evaluados, previa autorización de la autoridad correspondiente.
El programa de Economía Circular es un instrumento de planeación estratégica, que integra, coordina e impulsa políticas públicas, programas, proyectos y actividades, bajo los principios y enfoques de diseño de la presente Ley, para transitar hacía una economía circular.
El Programa de Economía Circular de la Ciudad de México será actualizado y aprobado cada seis años por la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y estará sometido a un proceso continuo de control y evaluación.
El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría del Medio Ambiente y la Secretaría de Desarrollo Económico, implementará el Sistema de Información Pública de Economía Circular, el cual tendrá por objeto registrar, organizar, actualizar y difundir información en materia de economía circular en la Ciudad.
La Agencia Digital de Innovación Pública será la encargada de desarrollar la herramienta digital que contendrá el Sistema de Información Pública de Economía Circular.
A partir de la publicación del presente Decreto, la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, deberá expedir el Reglamento de la presente Ley en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales.
El Programa de Economía Circular de la Ciudad de México, deberá ser expedido en un plazo no mayor de 90 días naturales posteriores a la emisión del Reglamento.
El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
TRANSPARENCIA Y ENLACE LEGISLATIVO