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Capacitación en México

 

Es un hecho que las empresas mexicanas, sin importar su tamaño, deben contar con el talento humano calificado y altamente productivo y este objetivo tiene que convertirse en una prioridad ineludible. ¿Por qué esta aseveración tan tajante? Simple y sencillamente porque en México la capacitación es una obligación y una necesidad a la vez.

Una obligación porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 123, fracción XIII, establece que: “Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento para el trabajo”. Dando sustento a lo anterior, la Ley Federal del Trabajo, capítulo III bis, artículo 153, fracción A marca que: “Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que les permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores”.

En este punto es importante realizar otra pregunta, ¿habrá algún tipo de empresa que no esté obligada a dar cumplimiento a esta disposición? De acuerdo al título sexto, capitulo XV, artículo 352, de la Ley Federal del Trabajo la disposición de obligatoriedad de la capacitación, no se aplica a los talleres o empresas familiares.

Sin embargo, es importante precisar que el concepto que comúnmente se tiene de empresa familiar, la cual se concibe como “el ente económico en donde la gestión está en manos de una familia y se tiene la visión compartida entre los miembros de la misma de darle continuidad entre las generaciones futuras”, no es el mismo que establece la Ley Federal del Trabajo en el artículo 351: “Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos”.

De los anterior se desprende que si una empresa tiene un empleado que no entre en el rubro de cónyuge, ascendiente, descendiente o pupilo, está obligada a   impartir capacitación.

Por otra parte, ¿por qué debemos ver a la capacitación como una necesidad? En un mundo globalizado la capacitación del capital humano es la respuesta a la necesidad que tienen las empresas de contar con personal altamente  calificado y productivo, por lo tanto el objetivo de las mismas debería ser: actualizar los conocimientos de sus empleados  con las nuevas técnicas y métodos de trabajo, permitiendo garantizar su eficiencia y competitividad, lo que redundará en el desarrollo personal y profesional de los individuos convirtiéndose, al mismo tiempo, en un gran beneficio para la empresa. Con esto quiero patentizar que los empresarios deben ver a la capacitación como una inversión, no como un gasto. El problema no es: ¿Qué pasa si capacito a mis empleados y se van?”, lo que debe preocuparnos es: ¿Qué pasa si no capacito a mis empleados y se quedan en la empresa? ¿Quién sufrirá las consecuencias?

Estamos conscientes de que debido a los múltiples compromisos económicos que tienen las empresas, se enfrentan a la disyuntiva de destinar recursos a la capacitación de sus empleados, por esa razón en esta ocasión me gustaría compartir algunas alternativas que pueden utilizar las empresas para capacitar a sus empleados sin invertir demasiado:

 

Centro de Formación Empresarial y de Negocios (CEFEN – CANACO CIUDAD DE MEXICO)

El CEFEN tiene el objetivo de ser un aliado estratégico de las empresas, con la finalidad de que cuenten con recursos humanos altamente calificados en lo referente a conocimientos, habilidades y actitudes, permitiéndole al trabajador adquirir las competencias que requiere el puesto que desempeña, con lo cual la empresa estará en posibilidades de mejorar sus estándares de desempeño productividad y competitividad.

Los costos de los eventos de capacitación son muy competitivos y los socios reciben un descuento que va del 10 al 40% dependiendo del tipo de póliza con que se hayan afiliado a la Cámara. Otra ventaja es que al estar registrados ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) como Agente Capacitador Externo, podemos extender a los participantes el formato DC3 “Constancia de Competencias o de Habilidades Laborales”, mediante la cual la empresa puede demostrar ante dicho organismo que están dando cumplimiento a las disposiciones legales en materia de capacitación y adiestramiento.

 

Capacitadores Internos

Las disposiciones legales en materia de capacitación y adiestramiento contemplan la alternativa de que las empresas puedan desarrollar a sus empleados como instructores internos o replicadores de los cursos de capacitación que ellos hayan tomado previamente, estos facilitadores no tienen que estar registrados ante la STPS para que sus DC3 tengan validez. En este rubro también se puede tomar como otra alternativa de capacitación a los proveedores de la empresa.

 

Apoyos para iniciar, continuar o completar ciclos escolares

La STPS, por medio de los criterios administrativos en materia de capacitación, permite que las empresas incorporen los apoyos que el patrón preste para iniciar, continuar o completar ciclos escolares de los niveles: básico, medio o superior.

En este rubro, la Canaco Ciudad de México pone a disposición de sus socios el programa PREPA HOY, la mejor opción de capacitación en línea para obtener el certificado de bachillerato en un examen.

Estas son sólo algunas de las alternativas que tienen a su disposición las empresas para poder enfrentar los retos de un mercado globalizado y altamente competitivo.

 

José González Becerril

Gerente de Formación Empresarial y de Negocios

Tel. 3685 2269 ext. 3034

jbgonzalez@ccmexico.com.mx

jbgonzalez@camaradecomerciodemexico.com.mx

 

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